Los resultados del nuevo régimen de IVA de caja, que entró en vigor el primero de enero y que permite que las pymes paguen el impuesto al cobrar la factura, serán mucho más discretos de lo previsto. De hecho, la falta de adhesiones llevó al Ejecutivo a prorrogar el plazo para acogerse al nuevo régimen. En principio, las pymes tenían hasta el 31 de diciembre para comunicar a la Agencia Tributaria su intención de aplicar el IVA de caja, período que ahora se ha ampliado hasta el 31 de marzo.
Este nuevo régimen tributario es una histórica reclamación de las empresas, que llevan años denunciando el “sinsentido” que supone la obligación de ingresar un IVA de facturas que no se han cobrado y que, quizás, nunca se cobrarán. La situación es especialmente sangrante en aquellos casos en que las empresas se veían obligadas a pagar a la Agencia Tributaria una cuota de IVA de una factura impagada por parte de una comunidad autónoma o ayuntamiento.
En el IVA, las empresas actúan como intermediarias. Cuando emiten una factura, están obligadas a ingresar el IVA que, a su vez, les debe abonar su cliente. En caso de impago o demora, las empresas se encuentran en la situación que han pagado un IVA a Hacienda que no han cobrado. El Ejecutivo de Mariano Rajoy prometió establecer un nuevo régimen de tributación que permitiera a las empresas abonar el IVA al cobrar la factura. Y en la Ley de Emprendedores se aprobó este nuevo sistema que entró en vigor en 2014. Se trata de un régimen optativo, al que pueden adherirse las pymes con una cifra de negocios inferior a dos millones de euros. Los potenciales beneficiarios ascienden a 2,3 millones de pymes y autónomos.
Sin embargo, los expertos alertan de que muy pocas de esas empresas optarán por el nuevo régimen. Calculan que, como mucho, solo un 10% de las compañías aplicará el IVA de caja en 2014, incluso después de que el Ejecutivo prorrogara hasta marzo el plazo para adherirse.
Los motivos de esta ausencia de interés pueden resumirse en tres. En primer lugar, es cierto que el IVA de caja permite a las empresas ingresar el impuesto en Hacienda al cobrar la factura. Sin embargo, cuando el empresario actúe como cliente tampoco podrá deducirse el IVA hasta que abone su factura. Esta es la parte de la ecuación negativa para las compañías.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que las grandes empresas no tienen la posibilidad de acogerse al IVA de caja. Es decir, seguirán ingresando el IVA al cobrar una factura y, cuando actúen como clientes, se lo deducirán con independencia del momento en que efectúen el pago. Sin embargo, las grandes empresas sí que pueden verse afectadas por el régimen de IVA de caja y siempre en sentido negativo. Ello sucederá cuando su proveedor sea una pyme que sí aplica el IVA de caja. En este caso, la gran empresa no podrá deducirse el impuesto hasta que pague la factura. Así, las compañías que no estén adscritas al nuevo régimen preferirán operar con otras empresas que tampoco apliquen el sistema caja para evitar demoras en la deducción del IVA soportado.
De hecho, organizaciones de autónomos ya han denunciado que grandes empresas están presionando a sus proveedores para que no se adhieran al régimen de caja. Y, aunque no existan amenazas, el temor a una posible pérdida de clientes también provoca que muchas pymes opten por la prudencia y renuncien al nuevo sistema de tributación.
Por último, aplicar el régimen de IVA de caja obligará a realizar cambios en el software informático de la contabilidad de las empresas. El argumento oficial de Hacienda para prorrogar hasta marzo el plazo para adherirse al nuevo sistema ha sido precisamente ofrecer más tiempo a las empresas para revisar y actualizar los programas informáticos. Hay que tener en cuenta que acogerse al nuevo sistema implica la obligación de rellenar dos campos nuevos en los libros registro de IVA: el momento del cobro y del pago y el medio efectuado.
Fuentes de Hacienda reconocen que es posible que pocas pymes se acojan al IVA de caja, sin embargo, recuerdan que el nuevo régimen se mantendrá en el tiempo y confían en que las reticencias en el primer año de aplicación se diluyan con el paso del tiempo. En principio, todo apunta que las empresas que son proveedoras de las Administraciones Públicas tendrán mayor interés en aplicar el IVA de caja. Ello es así porque el sector público actúa como cliente final, es decir, no tiene derecho a deducción. La Agencia Tributaria calcula que en torno 115.000 compañías en España realizan fundamentalmente entregas de bienes y servicios a la Administración Pública y es previsible que, estas sí, se acojan a IVA de caja.
Fuente: Cinco Dias